El DS 5750 establece nuevas fórmulas de actualización tarifaria que tomarán en cuenta variables como el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y los aranceles de importación. La AETN y el CNDC deben aplicar la medida de forma inmediata.
La Paz, 14 de septiembre de 2026. — El Gobierno nacional promulgó el Decreto Supremo 5750, una normativa que modifica oficialmente el mecanismo de actualización de precios y tarifas máximas del servicio de electricidad en el país. Esta nueva disposición establece fórmulas técnicas para recalcular de manera periódica los costos operativos del sector energético.
De acuerdo con la norma, el nuevo esquema de cálculo tomará en cuenta variables macroeconómicas y logísticas fundamentales, entre las que destacan la variación del tipo de cambio oficial del dólar, el Índice de Precios al Consumidor (IPC), los precios vigentes de los combustibles y los aranceles aplicados a la importación de equipos electromecánicos.
La medida ajusta de manera directa los reglamentos de Precios y Tarifas y de Operación del Mercado Eléctrico. En ese sentido, las modificaciones incidirán en componentes esenciales de la cadena de suministro, tales como los precios de nodo, los peajes de transmisión, los costos de inversión y operación, así como en las tarifas base de distribución.
Para la ejecución y cumplimiento de esta disposición, el decreto instruye a la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Electricidad y Tecnología Nuclear (AETN), a los diversos agentes del mercado eléctrico y al Comité Nacional de Despacho de Carga (CNDC) proceder con la aplicación inmediata de las nuevas fórmulas a partir de la publicación oficial de la norma.
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